Reseña Histórica - SIBOIF

Después de los estudios técnicos del Doctor Hermann Max, de origen chileno, quedó reorganizado el sistema monetario y bancario, como parte de ello se creó la Superintendencia de Bancos como departamento adscrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, encargándosele la vigilancia de todas de las instituciones y casas bancarias, nacionales y extranjeras de la época establecidas en el país, con el fin de garantizar la aplicación correcta de la Ley General de Instituciones Bancarias, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No.244 y No.245 del 31 de Octubre y 2 de Noviembre de 1940.

La Superintendencia de Bancos, pasó a ser un Departamento o Sección adscrita al Ministerio de Economía, de conformidad al Arto. 6 de la "Ley Creadora de Ministerios de Estado", publicada en La Gaceta Diario Oficial No.249 del 13 de noviembre de 1948.

Mediante Decreto Ejecutivo No.23, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.81 del 14 de abril de 1956, se le faculta a la Superintendencia de Bancos, la inspección, vigilancia y fiscalización de las organizaciones o instituciones dedicadas a operaciones de capitalización, o de ahorro y préstamo para la vivienda.

Por Decreto Legislativo No.274, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.246 del 30 de octubre de 1957, la Superintendencia de Bancos pasó a llamarse Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, pero siempre como un Departamento del Ministerio de Economía.

A partir del mes de Marzo, mediante la promulgación del Decreto Ejecutivo No.19, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.71 del 3 de abril de 1959, se confirieron facultades a la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras para la inspección, vigilancia y fiscalización de las sociedades o instituciones dedicadas a operaciones de seguros de vida, de daños, de incendio o de cualquier otra clase.

La Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, pasó a ser un Departamento del Banco Central de Nicaragua,  según el Arto. 81 y ss, de la  Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 211 del 16 de septiembre de 1960.

A partir de este año La Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones, es un organismo descentralizado que depende directamente del Presidente de la República.

La Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional de la República de Nicaragua, emite el Decreto No.25 de Nacionalización del Sistema Financiero, mismo que fue publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 25 de esa fecha.

Bajo el Decreto No.136, publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 48 de noviembre de 1979, La Junta de Gobierno crea el nuevo Sistema Financiero Nacional y su Consejo Superior, en el cual comunica que todas las instituciones financieras, que incluían bancos, financieras, entidades de ahorro y préstamo, pertenecen al Estado.

El Consejo Superior estará integrado por un miembro de la Junta de Gobierno quien lo presidirá, el Presidente del Banco Central, y el Ministro de Planificación Nacional, el Ministro de Desarrollo Agropecuario, el Director Ejecutivo del Fondo Internacional para la Reconstrucción de Nicaragua, el Ministro de Comercio Exterior, el Ministro de Industria y un Representante de las Organizaciones Laborales.

Se publica el Decreto No.194, en La Gaceta, Diario Oficial No.77 del 7 de diciembre de 1979, disolviendo la Asociación de Instituciones Bancarias de Nicaragua, cuya  personería jurídica fue autorizada bajo Decreto No.1172 del 10 de marzo de 1966 y publicado en  La Gaceta, Diario Oficial No.195 del 29 de agosto de 1967.

Se crea la Corporación Financiera de Nicaragua, “CORFIN” mediante Decreto No.463, publicado en  La Gaceta, Diario Oficial No.153 del 7 de julio de 1980, considerando la necesidad de reorganización, administración y dirección superior del Sistema Financiero Nacional.  Este ente autónomo del dominio comercial del Estado y con duración indefinida, representa al Estado en los entes autónomos del Sistema Financiero Nacional y ejerce derechos y obligaciones por el Decreto No.25 del 26 de julio de 1979.

Mediante la Ley No.125, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No.64 del 10 de abril de 1991, se crea la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras y su reforma Ley No. 268, publicada en  La Gaceta, Diario Oficial,  No. 218 del 14 de Noviembre de mil novecientos noventa y siete. Su reglamento se publica posteriormente en La Gaceta, Diario Oficial No.136 del 24 de julio de 1991.

Se publica la Ley No.316, “Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras”, publicada en  La Gaceta, Diario Oficial, No.196 del 14 de octubre de 1999; y sus posteriores reformas y adiciones son publicadas mediante Ley No.552, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No.169 del 31 de agosto de 2005;  Ley No. 564, publicada en  La Gaceta, Diario Oficial,  No. 228 del 24 de Noviembre del año 2005 y Ley No.576, publicada en La Gaceta Diario Oficial, No. 58 del 22 de marzo de 2006.

En la Oficina de Acceso a la Información Pública, se encuentra a disposición del público, el Texto Refundido de la Ley No. 316/1999, con sus reformas y adiciones.